Datos biográficos
TORRES MARTÍNEZ, Jaime. Natural y vecino de Elche. Agricultor de La Hoya, de 23 años en 1939. El 11 de junio de 1939 la Guardia Civil lo detuvo e ingresó en la cárcel del partido judicial, a disposición del Juez Militar del Ejército de Ocupación de la localidad, acusado, con otros, de “incendios, amenazas a personal de derechas, hurtos de ropas de sacerdotes y tenencia ilegal de armas”. Ingresó en la cárcel de Elche el 1 de julio de 1939, pasó a la Cárcel Fábrica n.º 2 el 17 de febrero de 1940 y fue trasladado al Reformatorio de Adultos de Alicante el 22 de abril de 1940. Un consejo de guerra celebrado en Alicante el 27 de abril de 1940 le condenó a 12 años y 1 día de reclusión menor por auxilio a la rebelión. Según la sentencia, "de significación izquierdista, durante la guerra fue miliciano en la partida de La Hoya, intervino en la destrucción e incendio de la ermita de esa partida, exaltaba la causa roja y hacía propaganda de la misma, coaccionaba a personas de orden para que se incorporasen al ejército republicano". Volvió a la cárcel de Elche el 21 de mayo de 1940 y el 21 de octubre de 1941 fue enviado a la prisión de Dos Hermanas (Sevilla), con destino a las Colonias Penitenciarias Militarizadas 1ª Agrupación. El 18 de junio de 1943 se le concedió la libertad condicional con destierro. Reingresó en el Reformatorio de Adultos de Alicante, procedente de la Comisaria en concepto de detenido incomunicado, a disposición del Gobernador Civil el 16 de marzo de 1945. Cesó la incomunicación el 28 de marzo de 1945. Otro consejo de guerra celebrado en Alicante el 1 de febrero de 1946 le absolvió. Según la sentencia, era miembro de Unión Nacional en la que no tuvo participación activa. Era un juicio para reprimir la organización misma de Unión Nacional, pues ya habían sido juzgados los implicados en la muerte del inspector Maján, que dio origen al descubrimiento de esa organización con ramificaciones en toda la provincia. Estaba en prisión preventiva. Obtuvo la libertad definitiva el 10 de diciembre de 1951. Al no tener bienes, el Tribunal de Responsabilidades Políticas declaró su insuficiencia económica el 14 de mayo de 1943, por lo que se sobreseyó el procedimiento y se le condenó a dos años de inhabilitación por "destrucciones".
FUENTE: Francisco Moreno Sáez, AHPA. Legajos 799, 1066, 3980, 9141 y 9160; BOP, 10-VII-1944.
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