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Javaloyes, Ana María

Enviado por Miguel Ors Mon… el
Datos biográficos
Fecha de nacimiento
1773
Lugar de nacimiento
Elche

[682] Copia de la carta suplicante del Exmo. S. arzobispo Despuig al rey,[1] dirigida por posta desde la villa de Fuente la Higuera, en la noche que llegó de tránsito para Valencia, con motivo de haber llegado también en la misma noche, los dos reos de Elche, Ana Mª. Javaloyes y Ginés Sansano, que conducían a Valencia con la sentencia de ponerlos en capilla para la horca a los ocho días de su arribo a aquella ciudad

Señor:

«Una mujer joven, seducida de una loca pasión, cegó a un un infeliz labrador, y ambos buscaron, con la muerte del marido de aquella, su última desgracia. La causa fue el amor, el efecto, la muerte de un hombre, y el fruto de ésta, la justa sentencia de la horca a que están condenados los dos reos: este es, señor, el caso. En la villa de Elche, una de las más hermosas de vuestro reino de Valencia, y del obispado de Orihuela, Ana María Javaloyes, de solos veinte y dos años de edad, enamorada o seducida por Ginés Sansano, joven de iguales circunstancias, se vieron en la ocasión de matar a Francisco Urbán, o para seguir su ceguera, o para encubrir su delito. La muerte, según la pública voz, la confiesan y esperan el castigo como merecido.

»Yo debería ser el justo elogiador de aquel sabio tribunal vuestro, que les ha impuesto la pena prevenida por la ley; y lo haría, si, hablando con V. M., no tuvieran presente que hablo con la imagen de mi Dios en la tierra; de aquel Dios, que siendo la misma Justicia, se inclina tantas veces a la Misericordia. ¿En qué copia podrán hallar vuestros vasallos una imagen más viva de la piedad de su original? Este ha sido vuestro carácter en todos tiempos, virtud benéfica, que hallásteis vinculada en el trono de vuestros padres. ¿Qué mucho será, señor, que un padre y un pastor de estos infelices, que acaba de regar con lágrimas aquella iglesia por separarse de ella, las haga correr hasta vuestros reales pies, lleno de confianza de que hallará en vos uno de aquellos momentos felices de que pródigamente está sembrada vuestra heróica vida.

»Con cuantas cosas, señor, pudiera llamar la atención de V. M. la sola fecha de esta súplica, escrita el día que forma una época tan singular en los de vuestra amada esposa, la reina, nuestra señora, las voces de una paz, que resuena de un mar a otro mar: la publicación de un doble matrimonio, que se espera de dos hijas tan amadas de V. M. con vuestro hermano y sobrino: el ser este el momento en que entro a gobernar este arzobispado por vuestra soberana voluntad, me podría hacer esperar que la alegre luz de este día no la afligirían voces de justicia; que, aunque sepáis abrazar con ésta la paz, también sabéis serenar a todos vuestos vasallos cuando conviene; que la doble unión de vuestra augusta familia no debe ser turbada, ni aún en las provincias más remotas de vuestros reinos; y que, finalmente, no permitiríais que empiecen mis días en el gobiero de esta iglesia con el espectáculo de ver en la pública plaza dos incautos jóvenes de mi pasada Esposa.

»Todo esto os lo haría presente, señor, si no esperara mucho más de vuestra sola piedad. Es verdad que en el acto de la justicia se llenaría este, vuestro reino, de un justo amor al que les conserva en orden y paz, pero será en el tiempo de la ejecución de una escena trágica, será en un día de temor, será por el horror del castigo; al contrario, si alargáis el brazo de vuestra piedad, estos infelices y sus mismas familias, serán un eterno monumento de ella y, cada vez que se considerara este rasgo de clemencia, se llenarán de vuestras alabanzas estos reinos, y muchos de los parientes de estos infelices, que se están hoy día sacrificando voluntariamente en los ejércitos de V. M. por la gloria de la nación y la vuestra, hallarán en este perdón un premio cabal a sus riesgos y fatigas, y yo un reconocimiento muy superior a cuantos la pródiga mano de V. M. me ha honrado, pudiendo asegurar que, gustosísimo, ofrezco a los pies de V. M. los grandes honores y premios, que me habéis dado en recompensa de la vida de estos dos infelices, que os pide a vuestros pies.= Fuente de la Higuera, 25 de agosto de 1795.= Vuestro más humilde vasallo y sacerdote.= Antonio Despuig y Dameto».

[683] Comunicación satisfactoria del ministro de S. M. al Exmo. S. arzobispo D. Antonio Despuig y Dameto, sobre haber indultado el rey de la pena de muerte a que fueron sentenciados Ana María Javaloyes y Ginés Sansano, por haber dado muerte a Francisco Urbán, marido de aquella, cuya gracia tenía impetrada dicho prelado de S. M., según se ha visto en la representación que antecede

Exmo. Sr.:

«Habiendo dado cuenta al rey de la presentación de V. E., de 25 de agosto último, en que imploraba su real benignidad para que se indultase de la pena ordinaria de muerte a que estaban sentenciados por esa Real Audiencia, a Ana María Javaloyes y Ginés Sansano de resultas de haber muerto a Francisco Urbán, marido de aquella, en la villa de Elche: ha resuelto S. M., atendiendo a la intercesión de V. E., a las actuales satisfacciones con que se halla y le recuerda V. E., a la corta edad de los delincuentes, y a que no es justo recaiga la afrenta de su castigo sobre un sin número de parientes, que tienen en el ejército, mandar que comunique su real orden al capitán general de este reino, como lo ejecuto en esta fecha, para que disponga que se suspenda al instante la ejecución de la expresada sentencia, remitiéndome los auctos originales a fin de que se pasen al consejo para que le consulte su parecer en el particular, instruido de la gravedad del negocio.

»Lo aviso a V. E. para su gobierno y satisfacción, y en respuesta de su citada representación.= Dios guarde a V. E. muchos años. S. Ildefonso, 1º de setiembre de 1795.= El duque de la Alcudia.= Sor. D. Antonio Despuig».

 

[1] El mallorquí Antoni Despuig i Dameto (1745-1813) va ser bisbe d’Oriola entre 1791 i 1795 i, posteriorment, arquebisbe de València i de Sevilla. Finalment, va ser creat cardenal el 1803.

FUENTE: CASTAÑO I GARCIA, Joan, (Ed.), (2020). Colección de noticias antiguas y modernas pertenecientes a la villa de Elche (1845). Grupo Antón i Ajuntament d´Elx, págs. 568-571.

 

 

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